Los detalles de la prohibición de descartables en Monte Hermoso

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El Concejo Deliberante de Monte Hermoso le dio forma a la prohibición del uso de descartables en la localidad.

Mediante la ordenanza Nº 2.775, aprobada por unanimidad, a partir del 15 de enero del año 2020, no se permitirá “la distribución, entrega, comercialización y utilización de vasos plásticos de un solo uso y de porta cubiertos de celofán, entregados a los consumidores finales por supermercados, autoservicios, restaurantes, paradores de playa y comercios en general para el transporte de productos o mercaderías”.

En tanto que desde el 15 de diciembre del año 2020, la medida alcanzará a la distribución, entrega, comercialización y utilización de utensilios de plástico de un solo uso tales como platos, tenedores, cuchillos entre otros similares. Dichos utensilios deberán de ser remplazados por objetos fabricados en materiales reutilizables y/o reciclables.

El objetivo es concientizar a la población y al turismo sobre la necesidad de cuidar el ambiente.

Ésta nueva ordenanza se suma a las ya existentes Nº2.194 que desde el 1º de diciembre del año 2013 prohíbe el uso y comercialización de bolsas camiseta y la ordenanza, Nº2.636 del 1º de noviembre de 2018, que prohíbe el uso y comercialización de sorbetes plásticos, con el fin necesario de promover la reducción progresiva y la prohibición específica de los plásticos de un sólo uso en todo el ámbito de la ciudad; con el fin de garantizar a nuestros habitantes, gozar del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano, y que a tal fin es necesario que las actividades productivas y las prácticas del consumo, usos y costumbres no impacten negativamente en lo cotidiano ni comprometan a las futuras generaciones.

El incumplimiento o transgresión a dicha ordenanza, hará pasible a los titulares de comercios en los que se detecte la infracción, de la aplicación de las siguientes sanciones por parte de la autoridad correspondiente: Apercibimiento, que podrá ser aplicado solo una vez al infractor; Multas que correspondan y/o Decomiso de la mercadería.