La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena que obliga al Estado nacional y a la Provincia de Buenos Aires a indemnizar a la familia de Sandra Núñez, una de las tres estudiantes asesinadas durante la Masacre de Carmen de Patagones, ocurrida el 28 de septiembre de 2004.
Con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal rechazó los recursos extraordinarios presentados por el Estado nacional, a través del Ministerio de Seguridad y la Prefectura Naval Argentina, y por la Fiscalía de Estado bonaerense, confirmando así las decisiones adoptadas por las instancias judiciales anteriores.
La demanda fue iniciada por la madre de Núñez en reclamo de daños y perjuicios derivados de la tragedia ocurrida en la Escuela de Enseñanza Media N.º 202 “Islas Malvinas” de Carmen de Patagones.
El fallo se suma a otro dictado por la Corte el año pasado, cuando confirmó una indemnización similar para la familia de Federico Ponce, otra de las víctimas fatales. En tanto, la causa impulsada por los familiares de Evangelina Miranda, la tercera estudiante fallecida, obtuvo sentencia de primera instancia en 2024 y continúa su recorrido judicial.

Una tragedia que marcó al país
La masacre ocurrió el 28 de septiembre de 2004, cuando Rafael “Juniors” Solich, de 15 años, ingresó armado a su aula y abrió fuego contra sus compañeros. El ataque provocó la muerte de Sandra Núñez, Federico Ponce y Evangelina Miranda, además de dejar cinco estudiantes heridos.
El arma utilizada pertenecía al padre del adolescente, integrante de la Prefectura Naval Argentina. Debido a su edad y a que fue declarado inimputable por la Justicia, Solich no recibió una condena penal.
La responsabilidad del Estado
Las familias de las víctimas reclamaron responsabilidades tanto a las autoridades educativas como a la Prefectura Naval. Los tribunales consideraron que el establecimiento educativo incumplió con su deber de cuidado respecto de los alumnos bajo su supervisión y que la fuerza de seguridad también tuvo responsabilidad por la custodia deficiente del arma reglamentaria utilizada en el ataque.
Al declarar inadmisibles los recursos de apelación, la Corte Suprema dejó firme la condena civil y cerró una nueva instancia de un proceso judicial que se extendió durante más de dos décadas.
La resolución constituye un nuevo antecedente en la búsqueda de reparación para las familias afectadas por uno de los episodios más trágicos registrados en la historia de la educación argentina.



