El no uso de barbijo o máscara en todo el distrito de Adolfo Alsina implica una multa superior a los 4 mil pesos.
Así lo establece una ordenanza aprobada en el Concejo Deliberante, en sesión especial en la cual se derogó la pena anterior de tareas comunitarias.
El artículo 4 establece que el incumplimiento será considerado falta grave y por disposición del Juez de Faltas Municipal será sancionado con las siguientes penas:
a) Multa equivalente a setenta (70) litros de Nafta Infinia, valor de unidad fija, la que deberá ser abonada por el infractor. Los fondos percibidos por la misma serán destinados a la Secretaría de Desarrollo Humano, a fin de satisfacer necesidades y urgencias referidas a Covid 19.
b) Para el caso que el infractor no dé cumplimiento en el plazo establecido de 7 días hábiles, contados a partir de la notificación fehaciente de la correspondiente infracción, la pena de multa podrá convertirse en la obligación de realizar 20 horas de tareas comunitarias. Dichas tareas serán determinadas por la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Adolfo Alsina.
c) En caso de reincidencia del infractor la pena se duplicará.
Asimismo se crea, en la Secretaría de Desarrollo Humano, el Registro de infractores de “Uso obligatorio de barbijos o máscaras solidarias”, tallando en el mismo nombre completo, tipo de pena aplicada y en el caso de las sanciones pecuniarias, el destino de las mismas con factura acreditante.
Teniendo en cuenta que el actual valor de la Nafta Infinia es de 61,87 pesos, la multa ascendería a $ 4.430,90 para quién no cumpla con la ordenanza y se encuentre en situación de infracción.