El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió la inscripción de los créditos Procrear II para la línea de lotes con servicios para la construcción de viviendas nuevas de hasta 60 metros cuadrados en 8 municipios de la Sexta sección.
Los terrenos, que cuentan con la infraestructura urbana correspondiente en predios gestionados integralmente por el Estado Nacional, están ubicados en Adolfo Alsina; Bahía Blanca; Benito Juárez; Coronel Pringles; Coronel Suárez; General La Madrid; Tornquist; y Tres Lomas.
Esta línea permite acceder a un crédito a tasa 0 % para la compra del terreno donde edificar la vivienda. Inmediatamente, ese préstamo para el lote permite el otorgamiento de otro crédito de hasta $ 5.000.000 a tasa 0%, que se actualiza a partir de la fórmula Casa Propia, y que tiene en cuenta el coeficiente de variación salarial.
Los interesados e interesadas podrán inscribirse a través de la página del Ministerio de Desarrollo (https://www.argentina.gob.ar/habitat) para acceder al lote. El programa permite edificar una vivienda de hasta 60m² en uno de los terrenos generados por el Plan Nacional del Suelo, mientras que los plazos máximos de devolución para las líneas crediticias son 30 años.
Cuáles son los requisitos
Ser argentino o extranjero con residencia permanente, contar con DNI vigente y tener entre 18 y 64 años.
El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar en forma mensual netos entre 1 y 8 salarios mínimos, vitales y móviles.
No tener bienes inmuebles registrados a nombre del solicitante o de su grupo familiar, ni como propietarios, ni como copropietarios al momento de iniciar el trámite de Preventa.
No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos nueve (9) meses.
Registrar, como mínimo, 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes).
Los participantes podrán incluir solo un cotitular, y para el caso de los participantes de estado civil casado, el o la cónyuge será considerado cotitular automáticamente. Titular y cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de estos vínculos:
Matrimonio.
Unión convivencial.
Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.